Ordenanzas
Asunto: 2021-3206
Fecha presentación: 01/03/2021
Código Ord.: 2021-2412
Fecha sanción: 18/03/2021
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 18/03/2021
Título: Adhesión Decretos Provinciales
Resumen: ADHIÉRASE LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE AL DECRETO Nº 1659, DE FECHA DE EMISIÓN 16 DE SEPTIEMBRE DE 1997 EMITIDO POR EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, MODIFICADO POR DECRETO Nº 1782, DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 2017 EMITIDO POR EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EL CUAL DISPONE “LA REORGANIZACIÓN Y DEPURACIÓN DE ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL Y DE ENTIDADES AUTÁRQUICAS PARA EL MEJOR APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MISMOS”; PRESENTADO POR EL DEM, EL DIA 01/03/2021, BAJO EL N° 3206/2021.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Y VISTO:
La necesidad de reducir considerablemente la documentación obsoleta que mora en la oficina de archivo -la cual es la responsable del resguardo del patrimonio documental de la Municipalidad de Bell Ville-, debido a que al día de la fecha el espacio que queda en la mencionada dependencia es muy pequeño por la cantidad de documentación archivada que se posee, lo que entorpece el funcionamiento administrativo apropiado, como así también el aprovechamiento del espacio físico con el que se cuenta.
Que a su vez este municipio no cuenta con una legislación propia que determine el plazo de custodia de la documental archivada en la supra mencionada oficina, como así tampoco como se debe proceder a su correspondiente eliminación.
Y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba mediante Decreto nº 1659, de fecha de emisión 16 de septiembre de 1997, modificado por decreto nº 1782, de fecha 23 de noviembre de 2017, dispuso la reorganización y depuración de archivos administrativos y contables de la administración pública central y de entidades autárquicas para el mejor aprovechamiento de espacios físicos y el funcionamiento de los mismos, a su vez, determinó en el anexo único de los mencionados instrumentos legales el plazo de retención y destino final de la documentación propiamente dicha.
Que en definitiva, esta legislación resulta útil y de viable aplicación, para prescindir de los documentos que resulten innecesarios u obsoletos para la Administración Pública Municipal, no solo para desocupar parte de la Oficina de Archivo, sino que también para alivianar la estructura edilicia en la cual se encuentra emplazada esta última dependencia.
Que por las razones expresadas anteriormente se ha llegado a la conclusión que es menester que esta administración explícitamente se adhiera a las disposiciones dictadas por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, en correlación al caso que nos aqueja detallado supra.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2412/2021.
Artículo 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Bell Ville al Decreto nº 1659, de fecha de emisión 16 de septiembre de 1997 emitido por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, modificado por Decreto nº 1782, de fecha 23 de noviembre de 2017 emitido por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el cual dispone “LA REORGANIZACIÓN Y DEPURACIÓN DE ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL Y DE ENTIDADES AUTÁRQUICAS PARA EL MEJOR APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MISMOS”; para su aplicación dentro del ámbito de la Municipalidad de Bell Ville, y cuyos textos se incorporan como Anexo I de la presente Ordenanza. -
Artículo 2º: Será Autoridad de aplicación de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal a través del Área de Modernización o la que en el futuro la reemplace. -
Artículo 3º: La presente Ordenanza entrará en vigencia desde su promulgación. -
Artículo 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese. -
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. -
ANEXO I
DECRETO Nº 1659/1997
Y DECRETO Nº 1782/2017