Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2021-3209

Fecha presentación: 01/03/2021

Código Ord.: 2021-2413

Fecha sanción: 18/03/2021

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 18/03/2021

Título: Proyecto Ordenanza Hermanamientos

Resumen: ORDENANZA 2413/2021 - AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, A POTENCIAR LOS HERMANAMIENTOS SUSCRIPTOS Y A SUSCRIBIRSE CON LAS DIFERENTES CIUDADES, PUEBLOS O COMUNAS DE LAS DISTINTAS PARTES DEL MUNDO, PARA ASÍ LOGRAR UN MAYOR ACERCAMIENTO Y DARLE UN IMPULSO DE MAYOR COMPROMISO PARA CON ESTOS ACTOS CONVENIDOS. PRESENTADO POR EL DEM, EL DIA 01/03/2021, BAJO EL N° 3209/2021.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que esta Ciudad de Bell Ville ya cuenta con dos hermanamientos expresos, suscriptos y normados, primeramente con la Ciudad de BRICHERASIO, Provincia de Torino, ITALIA, declarado mediante Ordenanza nº 922, de fecha 25 de marzo de 1997.-
Que luego, con fecha 18 de noviembre de 2003 se firmó la “Carta de intención de Hermanamiento entre la Ciudad De Yongkang, Provincia De Zhejiang, República Popular de China”, dándole un marco legal por medio de la Ordenanza nº 1620, de fecha 18 de marzo de 2009.
De este modo se buscó “fomentar la cooperación amistosa entre mencionadas Ciudades y promover el entendimiento mutuo entre estos países, a través de las relaciones amistosas, las cuales conllevan a diferentes intercambios culturales, como así también promocionar el comercio, la industria y demás intenciones”.
A los fines de profundizar el estado de las vinculaciones con dichas comunidades, este Departamento Ejecutivo Municipal estima necesario promover, potenciar, y ahondar el progreso con las mismas.
Que así también es menester contar con el aval, la intervención, la predisposición y la posterior autorización por parte de la Secretaría de Integración Regional y Relaciones Internacionales (SIRI) de la Provincia de Córdoba. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2413/2021

Artículo 1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a potenciar los hermanamientos suscriptos y a suscribirse con las diferentes ciudades, pueblos o comunas de las distintas partes del mundo, para así lograr un mayor acercamiento y darle un impulso de mayor compromiso para con estos actos convenidos.

Artículo 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente comprende la autorización expresa al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de realizar todas las gestiones y actividades tendientes a fortalecer el contacto amistoso y las relaciones institucionales, económicas y protocolares, a través del intercambio, relación, vinculación y cooperación con sectores vinculados a la industria, comercio, cultura, deporte, tecnología, sanidad, educación y de otras actividades, sin limitación alguna, sobre la base de los principios de igualdad de derechos, reciprocidad y beneficios mutuos, que permitan arribar a la firma de los acuerdos formales y definitivos de hermanamiento, con el aval de la Secretaría de Integración Regional y Relaciones Internacionales (SIRI) de la Provincia de Córdoba.-

Artículo 3°. COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal y protocolícese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-