Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2021-3312

Fecha presentación: 08/03/2021

Código Ord.: 2021-2414

Fecha sanción: 18/03/2021

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 18/03/2021

Título: Red de Agua Padovan

Resumen: APRUÉBESE LA SOLICITUD REALIZADA POR LA SRA. INÉS ESTHER PADOVAN (D.N.I. 11.086.748), REFERIDA A LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE UBICADA EN CALLE POSTA DE FRAILE MUERTO (85,00 MTS.) PRESENTADO POR EL DEM, EL DIA 08/03/2021, BAJO EL N° 3212/2021.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 1 de Marzo de 2021, la Sra. Inés Esther Padovan (D.N.I. 11.086.748) solicita en su carácter de propietario del inmueble ubicado en calle Posta de Fraile Muerto nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 094 – Parc. 100 y 101, la ejecución de la extensión de cañería Red de Agua a fin de dotar de dicho servicio a la propiedad antes mencionada. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por el solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2414/2021

Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por la Sra. Inés Esther Padovan (D.N.I. 11.086.748), referida a la ampliación de la red de Agua Potable ubicada en calle Posta de Fraile Muerto (85,00 mts.) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 094 – Parc. 100 y 101, a fin de dotar del servicio a dichas parcelas.-

Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 183/2021 de fecha 08/03/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltada.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.

Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red de Agua potable referenciada en el Articulo 1 y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -

Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de la Sra. Inés Esther Padovan en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-

Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -
Artículo 8°) COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.