Ordenanzas
Asunto: 2021-3313
Fecha presentación: 25/01/2021
Código Ord.: 2021-2415
Fecha sanción: 18/03/2021
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 18/03/2021
Título: Donación PALAS, RASTRILLOS, PALITAS DE MANO, BOLSAS DE TIERRA Y REGADERAS. GASPARINI
Resumen: AUTORIZASE AL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL PARA QUE RECIBA EN NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, DEL “VIVERO EL RUISEÑOR” REPRESENTADO POR EL SEÑOR MARTIN LUCIANO GASPARINI, EN CARÁCTER DE DONACIÓN, CUATRO PALAS DE PUNTA, CUATRO RASTRILLOS GRANDES, DIEZ PALITAS DE MANO, DIEZ BOLSAS DE TIERRA GRANDES, CUATRO REGADERAS.PRESENTADO POR EL DEM, EL DIA 25/01/2021, BAJO EL N° 3213/2021.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTO
Que con motivo del inicio del programa “NÚCLEOS BARRIALES”, el cual tiene como objetivo es el promover y fomentar de manera efectiva y gratuita, el acceso a bienes y servicios culturales a todos los habitantes de la Ciudad de Bell Ville, brindando un amplio abanico de actividades de formación, producción artística y cultural en distintas disciplinas, mediante el desarrollo de talleres de manera descentralizada. Atento a esto, es que se convocó a docentes de diferentes disciplinas artísticas a presentar proyectos educativos para implementar en los diferentes barrios de la ciudad. Música, danza, pintura, tejido, zumba, reciclada, etc
Que, la firma “VIVERO EL RUISEÑOR” en colaboración con el presente programa antes detallado y con el objetivo de que sean utilizados para tal fin, DONA a la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE los siguientes bienes: a.-) CUATRO palas de punta. - b.-) CUATRO rastrillos grandes. - C.-) DIEZ palitas de mano. - D.-) DIEZ bolsas de tierra grandes. - E.-) CUATRO regaderas. –
Sin embargo, nuestra Carta Orgánica Municipal en su artículo 66 establece: “Son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante: inc. 32) Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones y aceptar o repudiar donaciones y legados con y sin cargo.”, por lo que este Departamento Ejecutivo Municipal eleva el presente proyecto fin se ser autorizado a recibir la presente donación efectuada por “VIVERO EL RUISEÑOR” representado por el señor Martin Luciano GASPARINI -CUIT n° 27-21906925-7, con domicilio en calle Bv. Presidente Perón n° 10 de la Ciudad de Bell Ville.-
Por ello.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2415/2021.
Artículo 1º: AUTORIZASE al Señor Intendente Municipal para que reciba en nombre de la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, del “VIVERO EL RUISEÑOR” representado por el señor Martin Luciano GASPARINI -CUIT n° 27-21906925-7, con domicilio en calle Bv. Presidente Perón n° 10 de la Ciudad de Bell Ville, en carácter de DONACIÓN, CUATRO palas de punta, CUATRO rastrillos grandes, DIEZ palitas de mano, DIEZ bolsas de tierra grandes, CUATRO regaderas, con destino al Programa “Núcleos Barriales”.
Artículo 2°): COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.