Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2018-2824

Fecha presentación: 10/05/2018

Código Ord.: 2018-2198

Fecha sanción: 17/05/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: Loteo Sector 3 Ombu y Constitución (Bianucci)

Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: AUTORIZANDO al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer, la venta de fracciones de terrenos municipales resultantes del proyecto de Loteo, ubicado en calle Constitución y Bv. Ombú de la ciudad de Bell Ville.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

VISTO:
La intención del Municipio de continuar avanzando con el Programa Municipal de Acceso a la Tierra, mediante las actuaciones que obran en expediente 89/2018 caratulado “Loteo Bv. Ombú-Urquiza- Constitución- Sector 3”

Y CONSIDERANDO:

Que dicho plan se enmarca en la Ordenanza 2102/2017 por la cual se creó el Programa Municipal de Acceso a la Tierra.

Que es necesario establecer cuáles serán los sectores ubicados en diferentes puntos de la ciudad que se lotearán y se destinarán a la venta.

Que es necesario fijar los valores de los terrenos según el sector en el que están ubicados en la ciudad, y la cantidad y valor de las cuotas mensuales.

Que el programa ha generado expectativas en cuanto a la posibilidad que el Municipio les brindará a los vecinos para la adquisición de un lote para construir su vivienda, a un precio más que accesible, dando así respuestas concretas a la demanda de lotes con servicios con destino a viviendas en la ciudad.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2198/2018

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer, la venta de fracciones de terrenos municipales resultantes del proyecto de Loteo confeccionado por el Ingeniero Adrián Briner, que cuenta con Visación Previa de la Municipalidad de Bell Ville de fecha 04/05/2018, sobre el inmueble identificado Nomenclatura Catastral: Dpto. 36, - Pedanía 03 - Pueblo 04 - Circunscripción 02 - Sección 02 - Manzana 145 Lotes 1 a 16, Manzana 146 Lotes 1 a 24, Manzana 147 Lotes 1 a 10 y 12 a 21, Manzana 148 Lotes 1 a 20, Manzana 149 Lotes 1 a 24, Manzana 150 Lotes 1 a 16, Manzana 151 Lotes 1 a 16, Manzana 152 Lotes 1 a 24, Manzana 153 Lotes 1 a 20, Manzana 154 Lotes 1 a 10, Manzana 155 Lotes 1 a 12, Manzana 156 Lotes 1 a 8, Matrícula Nº 756909, ubicado en calle Constitución y Bv. Ombú de la ciudad de Bell Ville, (en adelante denominado SECTOR 3); de acuerdo a la siguiente distribución: a) VEINTE (20) lotes bajo la modalidad del nuevo plan de ahorros de terreno con vivienda, b) VEINTE (20) lotes de conformidad al Convenio a firmarse con el SUOEM y los CIENTO SETENTA (170) lotes restantes en el marco del Programa Municipal de Acceso a la Tierra (Ordenanza 2102/2017).-

Artículo 2º: ESTABLÉCESE para los terrenos del SECTOR 3 inc. c) la suma de pesos doscientos diez mil ($ 210.000) como precio de venta a la fecha de cada uno de los lotes resultantes de la subdivisión del inmueble ut supra descripto, a abonarse mediante una entrega de pesos treinta mil ($ 30.000) y el saldo hasta en ochenta (80) cuotas mensuales y consecutivas, ajustables por el Coeficiente de Variación Salarial.-

Artículo 3º: IMPÚTENSE Los fondos percibidos por el Municipio en concepto de precio de venta de las fracciones de terreno a la cuenta de ingresos Programa Municipal de Acceso a la Tierra (Nº 01.02.03.01.03.00.00)

Artículo 4º: FACÚLTESE Y AUTORÍCESE al Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo Briner D.N.I. Nº 20.288.106, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville, suscriba los instrumentos y demás documentación que fuera menester, a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.-

Artículo 5º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.-

Artículo 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.