Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

Sarmiento 14, Planta Alta (C.P. 2550) - Teléfonos: (03537) 414052 / 414054 | Contacto | Sitio institucional del Concejo

Ordenanzas


Asunto: 2021-3251

Fecha presentación: 23/06/2021

Código Ord.: 2021-2435

Fecha sanción: 01/07/2021

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 01/07/2021

Título: Cloacas ALEM solicitado por la Señora Olga Toledo

Resumen: APRUÉBESE la solicitud realizada por la Sra. Toledo Olga Sebastiana, referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en calle L. N. Alem entre Pje. Privado y Bv. Ombú, a fin de dotar de servicios a dichas parcelas. Presentado por el D.E.M. Con fecha 23/06/2021, bajo el N° 3251/2021.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que mediante nota n° 2597 de fecha 21 de Mayo de 2021, la Sra. Toledo Olga Sebastiana, solicita en su carácter de propietario de los inmuebles ubicados sobre L.N.Alem, la ejecución de la extensión de cañería subsidiaria de desagües cloacales a fin de dotar de dicho servicio a las propiedades antes mencionadas. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por la solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red cloacal pasara a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2435/2021

Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por la Sra. Toledo Olga Sebastiana, referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en calle L. N. Alem entre Pje. Privado y Bv. Ombú, a fin de dotar de servicios a dichas parcelas. -

Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 439/2021 de fecha 18/06/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.

Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Artículo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -

Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de la Sra. Toledo Olga Sebastiana en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda - CUIT n° 30-66824965-1.-

Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -

Artículo 8°) COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A UN DÍA DEL MES JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-