Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2021-3312

Fecha presentación: 30/11/2021

Código Ord.: 2021-2474

Fecha sanción: 09/12/2021

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 09/12/2021

Título: Red de Agua Potable - Segovia Ángel y Dávila Carlos

Resumen: Apruébese la solicitud realizada por los Sres. Segovia Ángel y Dávila Carlos, referida a la ampliación de la Red de Agua Potable ubicada en calle Posta de Fraile Muerto. Presentado por el DEM, el día 30/11/2021, bajo el nro. 3312/2021.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 13 de Octubre de 2021, los Sres. Segovia Ángel D.N.I. 12.092.512 y Dávila Carlos D.N.I. 11.515.447 solicita en su carácter de propietario del inmueble ubicado en calle Posta de Fraile Muerto nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 095 – Parc. 119, la ejecución de la extensión de cañería Red de Agua Potable a fin de dotar de dicho servicio a la propiedad antes mencionada. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por el solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2474/2021

Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por los señores Segovia Ángel (D.N.I. 12.092.512) y Dávila Carlos (D.N.I. 11.515.447), referida a la ampliación de la red de Agua Potable ubicada en calle Posta de Fraile Muerto (330,00 mts.) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 095 – Parc. 119, a fin de dotar del servicio a dicha parcela.-

Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 733/2021 de fecha 29/11/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltada.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.

Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red de Agua potable referenciada en el Articulo 1 y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -

Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de los señores Segovia Ángel y Dávila Carlos en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes.

Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-

Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 8°) COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.-