Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2022-3362

Fecha presentación: 12/05/2022

Código Ord.: 2022-2506

Fecha sanción: 12/05/2022

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 12/05/2022

Título: ACTUALIZACIÓN Tarifaria del Servicio de Permisionarios de Coches de Alquiler

Resumen: ACTUALIZACIÓN Tarifaria del Servicio de Permisionarios de Coches de Alquiler. Presentado por el DEM, el día 12/05/2022, bajo el N° 3362/2022.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

VISTO
Que los permisionarios y choferes del servicio de coches de alquiler de nuestra ciudad, han solicitado mediante nota una recomposición de sus tarifas

Y CONSIDERANDO
En relación a la misiva referenciada, los permisionarios en conjunto con los choferes de servicios de coches de alquiler han solicitado un incremento en la tarifa, como así desdoblar la misma en razón del horario: Diurna (05hs a 21hs ) y Nocturna (22hs a 05hs).-
Dicha proposición asciende a la suma de pesos CIENTO SESENTA ($160) para la bajada de bandera y OCHO PESOS ($8) para el valor de la “ficha” cada 100 metros de recorrido, correspondiente a la tarifa diurna, y en cuanto a la tarifa nocturna la misma se incrementa en un diez por ciento (10%) el valor de bajada de bandera ($ 176) y la “Ficha” ($ 8,80), pero solicitan que la tarifa nocturna se empiece aplicar a partir del 01 de agosto del corriente año.-
Además, solicitan que a partir del 01 de septiembre del corriente año, la Tarifa diurna pase al valor de CIENTO OCHENTA PESOS ($180) y NUEVE PESOS ($9) la “ficha” cada 100 metros de recorrido, en cuanto a la Tarifa nocturna, que siga el mismo criterio antes expresado, o sea un aumento del 10% respecto al valor de la tarifa diurna, quedando estipulado en la suma de pesos CIENTO NOVENTA Y OCHO ($198) Y NUEVE CON NOVENTA ($9,90), sin perjuicio que por variables económicas que atraviesa nuestro país, los Permisionarios y Choferes de servicios de coches de alquiler puedan entablar reunión con el D.E.M a los fines de establecer nuevo valor de la tarifa.-
Que es entendible el pedido efectuado por los mencionados supra, puesto que, la ultima actualización efectuada data del mes de febrero del corriente año a través de la Ordenanza n° 2488 promulgada mediante Decreto N° 7253/2022 y ha existido un importante incremento en el índice de precios en general, como así también en las autopartes, servicios de talleres mecánicos (reparaciones varias) y combustible, lo que directamente impacta en el mantenimiento de las unidades dispuestas para el servicio de autos de alquiler, por ello en entendible y razonable la recomposición de la tarifa vigente.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2506/2022

Artículo 1°: ESTABLÉZCASE las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos, para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler a saber:
Tarifa Diurna: aplicarse desde su promulgación:
a.- La suma de CIENTO SESENTA ($160) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de OCHO PESOS ($8) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –
Tarifa Nocturna: aplicarse desde el 01/08/2022.-
a.- La suma de CIENTO SESENTA Y SEIS ($176) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de OCHO CON OCHENTA ($8,80), por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –

Artículo 2°: ESTABLÉZCASE a partir del primero de septiembre del corriente año (01/09/2022) las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos, para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler a saber:
Tarifa Diurna:
a.- La suma de OCHENTA PESOS ($180) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de NUEVE PESOS ($9) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –
Tarifa Nocturna
a.- La suma de CIENTO NOVENTA Y OCHO ($198) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de NUEVE CON NOVENTA ($9,90), por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –

Artículo 3°: Las tarifas autorizadas en virtud del artículo precedente comenzarán a regir a partir de las fechas enunciadas en los artículos precedentes.-

Artículo 4°: DEROGASE la Ordenanza 2488/2022 y toda otra que se oponga a los contenidos de la presente Ordenanza.-

Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.