Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2022-3469

Fecha presentación: 15/12/2022

Código Ord.: 2022-2573

Fecha sanción: 15/12/2022

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 15/12/2022

Título: Cloacas Dispensario Municipal

Resumen: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una ampliación de red cloacal ubicada en calle Falucho entre Pje. Morosan y Bv. Illia, a fin de dotar de servicios al nuevo Dispensario Municipal (45,00 mts) y Bv. Illia entre Falucho y M. Malharro por vereda sur para dar servicio a tres viviendas (20,00 mts).- Presentado por el D.E.M., el día 15/12/2022, bajo el N°3469/2022.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

El presente proyecto de Ordenanza, tiene como objetivo, la dotación del servicio de Cloacas al nuevo Dispensario Municipal de calle Falucho, 45,00 mts., hacia calle Bv. Illia. Como así también brindar el servicio por calle Bv. Illia, vereda Sur (20,00 mts.) desde cámara de inspección hacia Falucho a las tres viviendas de escasos recursos.-
Que la referida ampliación estará a cargo del Municipio; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red cloacal pasara a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2573/2022

Artículo 1°: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una ampliación de red cloacal ubicada en calle Falucho entre Pje. Morosan y Bv. Illia, a fin de dotar de servicios al nuevo Dispensario Municipal (45,00 mts) y Bv. Illia entre Falucho y M. Malharro por vereda sur para dar servicio a tres viviendas (20,00 mts).
Artículo 2°: TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 702/2022 de fecha 14/12/2022, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
3- Plano de Detalle de la Obra.
4- Análisis de Costo Unitario.
Artículo 3°: DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Articulo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal.
Artículo 4°: ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de la Municipalidad de Bell Ville en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios.
Artículo 5°: DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Cloacas se ejecutará por contratación, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
Artículo 6º: IMPÚTENSE los egresos que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la siguiente partida del presupuesto municipal vigente, a saber: AGUA Y CLOACAS – CÓDIGO 02.02.01.02.01.01.01.09 ”.
Artículo 7°: ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda. -CUIT n° 30-66824965-1.
Artículo 8°: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 9°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-