Ordenanzas
Asunto: 2023-3482
Fecha presentación: 09/03/2023
Código Ord.: 2023-2586
Fecha sanción: 09/03/2023
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 09/03/2023
Título: Donación ensanche Av. Angeloz
Resumen: AUTORIZANDO al Señor Intendente Municipal a aceptar la donación efectuada por los señores José Marcos CORRADI, Marcelino José CORRADI, y Pedro Juan CORRADI, de una fracción de terreno de 419,00 m2 de superficie y AFECTANDO al dominio público municipal, con destino a calle pública. Presentado por el D.E.M., el día 01/03/2023, bajo el N° 3482/2023.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
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.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
VISTO:
El expediente Administrativo N°00110/2023, caratulado “donación fracción de terreno destinada a calle público- Nota N°939/2023” iniciado por la Coordinación de Obras Públicas.
Y CONSIDERANDO
Que los señores José Marcos CORRADI, DNI N°21.402.763, Marcelino José CORRADI, DNI N°20.287.733 y Pedro Juan CORRADI, DNI N°21.906.892, manifiestan su voluntad de donar una fracción de terreno de una superficie de 419,00 m2 identificada como polígono 1-2-3-9-1 según plano de mensura y subdivisión realizado por el Ing. Civil Richard Quinn, MP N°3607, el cual forma parte del Lote identificado en la D.G.R. en la cuenta N°36-03-4330198/3, Nomenclatura Catastral C-02, S-04, Mz- 182, P-100, inscripto en el Registro General de la Provincia en el Folio Real matrícula N°1.844.804.
A su vez, corresponde afectar el referido lote al dominio público, con destino a calle pública a fin de servir el mismo para ensanche de la Avenida Gobernador Dr. Eduardo Cesar Ageloz.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe aceptar la donación recibida, pidiendo la respectiva autorización al Concejo Deliberante, conforme lo normado por el art. 66 inc. 32) de la Carta Orgánica Municipal.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2586/2023
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal a aceptar la donación efectuada por los Señores José Marcos CORRADI, DNI N°21.402.763, Marcelino José CORRADI, DNI N°20.287.733 y Pedro Juan CORRADI, DNI N°21.906.892 de una fracción de terreno de 419,00 m2 de superficie, identificada como polígono 1-2-3-9-1 según plano de mensura y subdivisión realizado por el Ing. Civil Richard Quinn, MP N°3607, fracción correspondiente al Lote identificado en la D.G.R. en la cuenta N°36-03-4330198/3, Nomenclatura Catastral C-02, S-04, Mz- 182, P-100, inscripto en el Registro General de la Provincia en el Folio Real matrícula N°1.844.804.
Artículo 2º: AFÉCTESE al dominio público municipal, con destino a calle pública a la fracción de terreno descripta en el Artículo Primero.
Artículo 3º: Los DONANTES deberán efectuar la escrituración traslativa de dominio, dentro de los sesenta (60) días corridos desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y tendrán a su cargo los gastos, honorarios e impuestos derivados de la misma.
Artículo 4º: FACÚLTESE y AUTORÍCESE al Señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo Briner, D.N.I. N° 20.288.106, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville, suscriba los instrumentos y demás documentación que fuera menester, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo 5º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.