Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2023-3553

Fecha presentación: 25/09/2023

Código Ord.: 2023-2628

Fecha sanción: 28/09/2023

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: NUEVA ESCALA SALARIAL

Resumen: NUEVA ESCALA SALARIAL Presentado por el D.E.M., el día 25/09/2023, bajo el N° 3553/2023.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, luego del último aumento de haberes aprobado por la Ordenanza Municipal n° 2599/2023 de fecha 20 de abril de 2023, en donde se trató de recomponer la pérdida del salario producto de la inflación que acaece nuestro país, se comprometió a seguir con el dialogo con el SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE BELL VILLE (quien actúa en representación de los agentes públicos municipales), siendo que dichas reuniones se debatió y analizo la necesidad de remitir en el inmediato una nueva escala salarial que a fin de recomponer el poder adquisitivo perdido por los agentes municipales, en donde se planeó la necesidad de que dicho aumento sea aplicado de manera retroactivo al mes de septiembre/2023, tomando como parámetro el último sueldo fijado (agosto/2023).
Dicho esto, se resolvió, un aumento escalonado y acumulativo, el cual se implementará de la siguiente manera:
a) A partir del 01 de septiembre de 2023, un VEINTE (20%) de incremento, sobre la asignación básica correspondiente al mes de agosto de 2023.
b) A partir del 01 de octubre de 2023, un QUINCE (15%) de aumento, sobre la asignación básica correspondiente al mes de septiembre del 2023.
c) A partir del 01 de noviembre de 2023, un DIEZ (10%) de aumento, sobre la asignación básica correspondiente al mes de octubre del 2023.
Que lo expuesto se ajusta al acuerdo arribado, y se entiende que garantiza y resguarda el interés de la actual Administración Municipal por recomponer y asegurar de esta manera una mejoría en el nivel de ingresos de todos los trabajadores municipales, en tanto ello sea posible y compatible con los ingresos provenientes de la recaudación municipal y el resto de las erogaciones necesarias para el mantenimiento, continuidad y desarrollo de los servicios públicos y el resto de la actividad municipal.
Por lo expuesto.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2628/2023.

Artículo 1º: APRUÉBESE un incremento salarial para los agentes municipales que revistan el carácter de planta permanente, jornalizados y contratados de la Municipalidad de la Ciudad de Bell Ville, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, cuyo importe –para las distintas categorías– será el siguiente:
a) A partir del 01 de septiembre de 2023, un VEINTE (20%) de aumento sobre la asignación básica correspondiente al mes de agosto de 2023.
b) A partir del 01 de octubre de 2023, un QUINCE (15%) de aumento sobre la asignación básica correspondiente al mes de septiembre del 2023.
c) A partir del 01 de noviembre de 2023, un DIEZ (10%) de aumento sobre la asignación básica correspondiente al mes de octubre del 2023.
Que dichos aumentos van en los términos de la nueva escala salarial que se acompaña como ANEXO ÚNICO, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza Municipal.-
Artículo 2°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar las partidas presupuestarias que sean necesarias para dar fiel cumplimiento y acabada implementación de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º: La presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir de su promulgación. -
Artículo 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-