Ordenanzas
Asunto: 2023-3588
Fecha presentación: 15/12/2023
Código Ord.: 2023-2645
Fecha sanción: 20/12/2023
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 20/12/2023
Título: BOLETO TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS
Resumen: BOLETO TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS. Presentado por el D.E.M., el día 15/12/2023, bajo el N° 3588/2023.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que visto el servicio público de transporte urbano de pasajeros que presta el municipio dentro de su radio urbano, autorizado mediante Ordenanza 1619/09.-
Que la Municipalidad de Bell Ville, no recibe subsidio alguno por la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros.-
Que desde el año 2019 la Municipalidad de Bell Ville, viene realizando grandes inversiones en jerarquizar y hacer que el sistema sea más funcional. Esto derivó en inversiones recurrentes en nuevas unidades, el sistema contact-less de última generación, garitas y desarrollo de recorridos.
Además por Ordenanza, se crearon los planes provinciales denominados Boleto Educativo Gratuito, Boleto Obrero Social, Boleto Adulto Mayor, Boleto Social Cordobés, todo lo cual se acreditó ante la Secretaría de Transporte para adherir a los mismos y obtener los aportes económicos pertinentes por parte de la Provincia de Córdoba, los cuales nos incluyeron en el año 2024.
Ahora bien, debido a la coyuntura económica que atraviesa nuestro país, se hace necesario actualizar el valor del boleto de transporte urbano de pasajeros, en todos sus variantes, teniendo en cuenta los costos principales de prestación del servicio que a continuación se detallan:
Como vemos la tarifa sin subsidio municipal debería trepar a la suma de $642,49 neto del aporte provincial del Boleto Educativo Gratuito y Adulto Mayor, en ambos casos entendemos que en la situación actual estos montos expulsarían a la mayoría de los usuarios del servicio, por lo que consideramos que se debe incrementar el aporte municipal.-
Por lo expuesto supra, el Departamento Ejecutivo cree oportuno actualizar la tarifa pero siempre teniendo en cuenta la economía de los usuarios del mismo.-
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2645/2023
Artículo 1º: SUSTITÚYANSE los artículos 2 y 3 de la Ordenanza 2572/2022, por el siguiente:
A partir del primero de enero del año 2024:
1. Boleto Único: Pesos doscientos cuarenta ($240,00.-).
2. Boleto Único pago con tarjeta: Pesos doscientos cuarenta ($240,00.-).
3. Boleto Adulto Mayor (BAM) y Educativo (BEG): Pesos doscientos veinte ($220,00.-).
4. Boleto Obrero (BOS): Pesos doscientos veinte ($220,00).
5. Boleto Social (BSC): Pesos doscientos veinte ($220,00.-).
A partir del primero de mayo del año 2024:
1. Boleto Único: Pesos trescientos cuarenta ($340,00.-).
2. Boleto Único pago con tarjeta: Pesos trescientos cuarenta ($340,00.-).
3. Boleto Adulto Mayor (BAM) y Educativo (BEG): Pesos trescientos veinte ($320,00.-).
4. Boleto Obrero (BOS): Pesos trescientos veinte ($320,00).
5. Boleto Social (BSC): Pesos trescientos veinte ($320,00.-).
A partir del primero de septiembre del año 2023:
1. Boleto Único: Pesos cuatrocientos cincuenta ($450,00.-).
2. Boleto Único pago con tarjeta: Pesos cuatrocientos cincuenta ($450,00.-).
3. Boleto Adulto Mayor (BAM) y Educativo (BEG): Pesos cuatrocientos treinta ($430,00.-).
4. Boleto Obrero (BOS): Pesos cuatrocientos treinta ($430,00).
5. Boleto Social (BSC): Pesos cuatrocientos treinta ($430,00.-).
Artículo 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente y a suscribir los convenios que fueren menester a los fines de contar con los beneficios de los planes provinciales descriptos en el artículo 1° de la presente Ordenanza. –
Artículo 3º: DERÓGUESE la Ordenanza N° 2572/2022
Artículo 4°: LA presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del primero de enero del año 2024, (01/01/2024).-
Artículo 5°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R. M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-