Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2024-3610

Fecha presentación: 04/04/2024

Código Ord.: 2024-2661

Fecha sanción: 11/04/2024

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 11/04/2024

Título: Convenio de Adhesión al Boleto Educativo Gratuito del Gobierno de la Provincia de Córdoba

Resumen: AUTORIZAR al Señor Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI a suscribir convenio de Adhesión Provincia - Municipio al Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito con el Gobierno de la Provincia de Córdoba. Presentado por el D.E.M., bajo el N° 3610/2024, el día 04/04/2024.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que con fecha 29 de julio de 2014, la Municipalidad de Bell Ville a través de la Ordenanza Municipal n° 1869 dispuso en su Artículo 1, lo siguiente: “ADHIÉRASE la Ciudad de Bell Ville, a la Ley Provincial n° 10.031 que ratifica la implementación del Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito y del Fondo Destinado a solventar sus costos, dispuesto por Decreto Provincial n° 2596/2011”.-
Luego de ello, son innumerables las Ordenanzas Municipales donde se ha autorizado a la Municipalidad de Bell Ville a suscribir y ratificar los CONVENIOS DE ADHESIÓN PROVINCIA-MUNICIPIO correspondiente al RÉGIMEN DE PROVISIÓN DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO (B.E.G) DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, con el Gobierno de la Provincia a través de la representación del Ministerio y/o Secretaria de Transporte. -
Atento a ello, se ha contactado con la Secretaría de Transporte de la Provincia, representada por el Lic. Juan Marcelo RODIO RAMÍREZ, el cual ha remitido el CONVENIO DE ADHESIÓN PROVINCIA- MUNICIPIO AL RÉGIMEN DE PROVISIÓN DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO, para el año 2024.-
Que en el mencionado acuerdo la Secretaría de Transporte se compromete a aportar los fondos necesarios para la provisión del BOLETO EDUCATIVO GRATUITO (B.E.G) durante el ciclo lectivo 2024 dentro de la jurisdicción de la ciudad Bell Ville; obligándose la MUNICIPALIDAD a arbitrar los medios necesarios para asegurar a los ciudadanos su efectivo goce, siendo un pilar fundamental para esta Administracion Municipal el garantizar el acceso a la educación. -
Por lo expuesto.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2661/2024.

Artículo 1°: AUTORÍCESE al Señor Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI (DNI n° 27.445.039) a suscribir convenio de Adhesión Provincia - Municipio al Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito con el Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Secretaría de Transporte, el que se incorpora como Anexo Único de la presente Ordenanza, formando parte integrante de la misma.-

Artículo 2°: FACÚLTESE al Señor Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI, para que en nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, suscriba los instrumentos y demás documentación que fuera menester, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

Artículo 3°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-