Ordenanzas
Asunto: 2024-3628
Fecha presentación: 04/06/2024
Código Ord.: 2024-2666
Fecha sanción: 06/06/2024
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 06/06/2024
Título: NUEVA ESCALA SALARIAL
Resumen: NUEVA ESCALA SALARIAL. Presentado por el D.E.M., el día 04/06/2024, bajo el N° 3628/2024.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, ha mantenido diversas reuniones con el SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE BELL VILLE, el cual actúa en representación de los agentes públicos municipales.
Que en el marco de las reuniones indicadas y celebradas entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los representantes gremiales, se debatió y analizó la necesidad de recomponer el salario de los agentes municipales ello con la intención de garantizar el poder adquisitivo de los mismos.
En dicho marco, se acordó, un incremento salarial, el cual se implementará de la siguiente manera: A) En el mes de mayo del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de abril del 2024. B) En el mes de junio del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de mayo 2024. C) En el mes de agosto del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de junio 2024. D) En el mes de septiembre del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de agosto 2024.
También se pactó para el mes de mayo del año 2024, el pago de una asignación de pesos veinticinco mil ($25.000), a todos los empleados municipales, la cual será abonada por única vez, revistiendo el carácter de extraordinaria y no remunerativa. Quedando excluidos de su percepción, los funcionarios de planta política (Intendente, Secretarios, Asesor Letrado, Directores y Coordinadores), Concejales, Secretario del Concejo Deliberante, Vocales del Tribunal de Cuentas, Juez de Faltas y Secretaria del Juzgado de Faltas.-
Que lo expuesto se ajusta al acuerdo arribado, y se entiende que garantiza y resguarda el interés de la actual Administración Municipal por recomponer y asegurar de esta manera una mejora el nivel de ingresos de todos los trabajadores municipales, en tanto ello sea posible y compatible con los ingresos provenientes de la recaudación municipal y el resto de las erogaciones necesarias para el mantenimiento, continuidad y desarrollo de los servicios públicos y el resto de la actividad municipal, culminando así con la paritarias correspondiente a la mitad del semestre del año.-
Por lo expuesto.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2666/2024
Artículo 1º: APRUÉBESE un incremento salarial para los empleados de planta permanente, así como también a los jornalizados y contratados de la Municipalidad de la ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba, Departamento Unión, cuyo importe- para las distintas categorías- será el siguiente:
A) En el mes de mayo del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de abril del 2024.-
B) En el mes de junio del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de mayo 2024.-
C) En el mes de agosto del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de junio 2024.-
D) En el mes de septiembre del año 2024, un diez por ciento (10%) en relación a la asignación básica correspondiente al mes de agosto 2024.-
Todo conforme los nuevos términos de la nueva escala salarial obrante en el ANEXO ÚNICO, que se incorpora como parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: APRUÉBASE el aumento de los conceptos de “REFRIGERIO” y “ASISTENCIA PERFECTA Y PUNTUALIDAD”, a partir del mes de mayo del 2024, para los empleados municipales de planta permanente, así como también a los jornalizados y contratados, quedando fijados en la suma de pesos QUINCE MIL ($15.000), no remunerativo, cada uno.
Artículo 3º: APRUÉBASE para el mes de mayo del año 2024, el pago de una asignación de pesos VEINTICINCO MIL ($25.000), a todos los empleados municipales (Planta Permanente, Jornalizados y Contratados), la cual será abonada por única vez, revistiendo el carácter de extraordinaria y no remunerativa. Quedan expresamente excluidos de la percepción de esta asignación, los funcionarios de planta política (Intendente, Secretarios, Asesor Letrado, Directores y Coordinadores), Concejales, Secretario del Concejo Deliberante, Vocales del Tribunal de Cuentas, Juez de Faltas y Secretaria del Juzgado de Faltas.-
Artículo 4º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar la ejecución de la presente Ordenanza y efectuar los reflejos presupuestarios necesarios para su ejecución.
Artículo 5º: La presente Ordenanza municipal comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-