Ordenanzas
Asunto: 2024-3658
Fecha presentación: 19/08/2024
Código Ord.: 2024-2682
Fecha sanción: 22/08/2024
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 22/08/2024
Título: PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES
Resumen: ADHIÉRASE la Municipalidad de Bell Ville al PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES, que rige conforme órbita del Ministerio de Seguridad de la Nación. Presentado por el D.E.M., el día 19/08/2024, bajo el N°3658/2024.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que nuestra Municipalidad cuenta con dos normativas que regulan la situación de vehículos automotores, motocicletas , ciclomotores y cualquier otro vehículo autopropulsado que se encuentre detenido y/o secuestrado en depósitos municipales y ella son la Ordenanza Municipal N° 1993/2016 la cual ha sido sancionada con fecha 21/04/2016 promulgada mediante Decreto n° 345/2016 de fecha 25/04/2016 modificada por Ordenanza Nº 2227/2018 y la Ordenanza Municipal n° 2086/2017 sancionada con fecha 20/04/2017 y promulgada mediante Decreto Municipal n° 1409/2017 de fecha 25/04/2017.-
Que desde la implementación de referidas Ordenanzas Municipales se ha procedido a efectuar la contratación de profesionales (Martilleros Públicos) a los fines de efectuar los procedimientos de Subasta Pública y Compactación de vehículos que se encuentran en condiciones de acuerdo a las mentadas ordenanzas, se ha logrado la liberación de espacio físico en los Depósitos Municipales.-
Que luego de la sanción de las Ordenanzas mencionadas supra, el Ministerio de Seguridad de La Nación, por resolución n° 542/2021, creo el PRO.DE.CO a los fines agilizar el procedimiento de subasta y de compactación de vehículos secuestrados alojados en depósitos judiciales y/o estatales.-
Que este programa agiliza los proceso subasta y compactación, lo que permitiría liberar con mayor celeridad los depósitos municipales que se encuentran abarrotados y superpoblado de vehículos y motovehículos, que no han sido retirados por sus propietarios, no pudiendo así reducir el costo que ocasiona la guarda de dichos bienes, como tampoco la percepción de la multa respectiva oportunamente labrada y además generando un deterioro diario de la unidad por el simple paso del tiempo sumado al daño ambiental que ocasiona que dichos bienes se encuentren en ese estado y sin uso.-
Es por todo ello, que se ha tomado contacto con el Ministerio de Seguridad de la Nación, donde nos han brindado información sobre el Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Automotores (PRO.DE.CO), el cual brinda una ayuda para la asistencia y seguridad ambiental de los gobiernos locales cuyo fin es la liberación de los depósitos municipales que cuenten con vehículos secuestrados; contando los Municipios con una herramienta de logística y administración que permite una solución rápida y eficiente para dicha problemática a través de la COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL de las unidades secuestradas.
Dicho Programa no genera ningún costo para el Estado Municipal, por el contrario genera beneficios a través de recursos genuinos derivado de la disposición final (venta de chatarra) que repercutirá en las entidades de bien público actuantes en el territorio de nuestra Ciudad, tal como se encuentra regulado en el Título II -Trámite para la Compactación de Vehículos Secuestrados- , Capítulo II -Procedimiento de compactación de vehículos secuestrados por la Fuerzas Policiales y de Seguridad de los Gobiernos Locales y Provinciales – apartado 6 del ANEXO I de la Resolución 93/2023.-
Que esta herramienta que proporciona el PRO.DE.CO, es a nivel federal ya que cuenta con la colaboración de Municipios de todo el país y alcanza a diez provincias que intervienen, brindando un asesoramiento legal y seguridad jurídica en torno a las gestiones y destrucción de vehículos secuestrados; buscando la liberación de espacio de custodia con un ahorro concreto y nueva puesta en valor de depósitos donde se encuentran los vehículos secuestrados; generando además un nexo con el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.-
Que la normativa que regula el PRO.DE.CO, ha sido establecida a través de Resoluciones del Ministerio de Seguridad de la Nación tal como la Resolución n° 541/2021 de fecha 30/11/2021 que establece en su Artículo 1) lo siguiente: “Créase en el ámbito de este Ministerio el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES” (PRO.DE.CO) que tendrá como objetivo la coordinación de la ejecución de las etapas del proceso instituido por la Ley Nº 26.348 y de las normas que en su consecuencia se dicten”. Y en su Artículo 2 se dispuso: “El “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES” (PRO.DE.CO) tendrá a su cargo las siguientes actividades: a. Elaboración de las normas referidas a los procedimientos técnicos y administrativos para la descontaminación y disposición final como chatarra, de los automotores, motovehículos, otros rodados y sus partes, que se encuentren bajo custodia de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes de este Ministerio, las que deberán ser elevadas para su aprobación por el titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD. b. Coordinar la implementación de los procedimientos necesarios a fin de llevar a cabo las tareas de descontaminación, compactación y disposición final como chatarra de vehículos contemplados por la Ley Nº 26.348. c. Arbitrar los mecanismos necesarios a fin de proceder a la descontaminación, compactación y disposición final como chatarra del remanente de desarmado de vehículos que no pueda ser reutilizado. d. Coordinar con las autoridades competentes la realización de las distintas etapas del proceso previsto por la Ley Nº 26.348. e. Implementar métodos de trabajo que eleven la calidad ambiental en relación a las tareas que son de su competencia. f. Implementar la realización de operatorias en distintos puntos del país, coordinando sus actividades con las autoridades correspondientes de las provincias, si fuere necesario. g. Impulsar la celebración de Convenios de Adhesión al Programa Nacional con las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. h. Impulsar las actividades pertinentes a fin de lograr la adhesión de los municipios al Programa Nacional i. Llevar el registro de datos de los automotores sujetos al régimen nacional establecido por la ley Nº 26.348 en el sistema RENAVESE creado por Resolución MS Nº 37/2015. j. Coordinar las actividades pertinentes con la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS.”.-
Luego de ello, se dictó la Resolución n° 93 de fecha 13/02/2023 emitida por el Ministerio de Seguridad la cual ha sido publicada con fecha 16/02/2024 en el Boletín Oficial de la Nación, estableciéndose en su Artículo 1° lo siguiente: “Sustitúyese el ARTÍCULO 3° de la Resolución MS N° 542/2021, por el siguiente: “ARTÍCULO 3°- Apruébase el Reglamento para la Gestión Administrativa y Operativa del “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES” (PRO.DE.CO), que como Anexo N° IF-2023-16407142-APN-SSYPC#MSG forma parte integrante de la presente.”, en su ARTÍCULO 2° lo siguiente: “Incorpórase como ARTÍCULO 3° BIS de la Resolución MS N° 542/2021, el siguiente: ARTÍCULO 3° BIS- Apruébanse los modelos de Convenio de Colaboración en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES” (PRO.DE.CO) que como Anexos Nros. IF-2023-16407109-APN-SSYPC#MSG e IF-2023-16407076-APN-SSYPC#MSG forman parte integrante de la presente”. Y por último en su ARTÍCULO 3° “Sustitúyese el ARTÍCULO 5° de la Resolución MS N° 542/2021, por el siguiente: “ARTÍCULO 5°.- Invítase a las provincias, los municipios y a los organismos de la Administración Pública Nacional a adherir al PRO.DE.CO. mediante la suscripción”.-
Por las razones expuestas, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita al Concejo Deliberante de la Ciudad la autorización para que la Municipalidad de Bell Ville se adhiera al PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES, facultando al Señor Intendente Municipal a suscribir toda documentación necesaria a los fines de poder contar con la Colaboración del Ministerio de Seguridad de la Nación para llevar adelante la política del referido Programa.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº2682/2024.
Artículo 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Bell Ville al PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES, que rige conforme órbita del Ministerio de Seguridad de la Nación. -
Artículo 2°: AUTORÍCESE y FACÚLTESE al Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI (DNI N°27.445.039) a suscribir el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN que se incorpora como ANEXO a la presente Ordenanza, formando parte integrante de la misma, como demás documentación necesaria a los fines de llevar adelante el mentado Programa.-
Artículo 3º: La presente Adhesión será complementaria de las Ordenanzas vigentes en la materia N° 1993/2016 modificada por Ordenanza Nº 2227/2018 y la Ordenanza Municipal N° 2086/2017.-
Artículo 4°: La presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir de su promulgación. -
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. –
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN Y LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE
Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN (CUIT n° 30-71165519-7), representado en este acto por la Señora Ministra de Seguridad Dra. Patricia BULLRICH, con domicilio legal en la calle Gral. Gelly y Obes 2289 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA NACIÓN"; y el MUNICIPIO DE BELL VILLE (CUIT N° 30-66824859-0), representada en este acto por el señor Intendente Cr. Juan Manuel MORONI (D.N.I. N° 27.445.039) con domicilio legal en calle 25 de Mayo N° 19 de la Ciudad de Bell Ville, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, en adelante “EL MUNICIPIO”, en el marco de las previsiones de la Leyes Nacionales N° 20.785 y N° 26.348, Decreto N° 993/2008, Resolución 542/2021 modificada por la Resolución N° 93/2023 y Ordenanza N° 2682/2024 del Concejo Deliberante de la Ciudad de Bell Ville intervienen para convenir en nombre de los organismos que representan y al efecto.
EXPONEN:
Que en consideración al impacto ambiental y social que generan en la comunidad la situación actual de colapso en que se encuentran los depósitos municipales, del Municipio de la Ciudad de Bell Ville debido a la excesiva cantidad de vehículos allí depositados, resulta conducente descomprimir el estado de las mismas.-----------------------------------
Que en ese marco, “LA NACIÓN” tiene como objetivo la asistencia para la implementación del PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL (PRO.DE.CO) y la fiscalización de sus respectivas etapas de ejecución.-------------------------------------------------------------------
Que la implementación del mencionado programa busca fortalecer la cooperación entre los poderes del estado con competencia en la materia, a nivel federal.----------------------
Que en función de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, con arreglo a las siguientes cláusulas y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA: Acordar un marco institucional que permita la articulación entre LAS PARTES, por medio del PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL (PRO.DE.CO), tendiente a realizar la descontaminación, compactación y disposición final de los vehículos a disposición de la Autoridad de aplicación competente y que se encuentren depositados en los depósitos municipales dispuestos en toda la extensión de “EL MUNICIPIO”.--------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA SEGUNDA: "LA NACIÓN" pone a disposición de “EL MUNICIPIO” el Programa PRO.DE.CO, a fin de concretar las acciones estipuladas en la cláusula precedente.--------------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA TERCERA: “EL MUNICIPIO” se compromete a:
1.- Presentar a "LA NACIÓN" a través de la plataforma online del REGISTRO NACIONAL DE VEHÍCULOS SECUESTRADOS (RE.NA.VE.SE), la nómina de los vehículos que ingresarán al Programa PRO.DE.CO.-------------------------------------------
2.- Designar a las entidades de bien público a la que le será entregado el NOVENTA PORCIENTO (90 %) del producido de la chatarra.---------------------------------------------
3.- Definir el proceso de contratación para la selección de la empresa compactadora entre aquellas registradas en el programa de acuerdo a la normativa vigente en la jurisdicción. En tal sentido, la empresa seleccionada tendrá la obligación de transferir el DIEZ PORCIENTO (10%) del producido de la venta de la chatarra a la cuenta bancaria del MINISTERIO DE SEGURIDAD (CUIT 30-71165519-7), entidad receptora 343, con destino al fondo creado para atender eventuales reclamos de terceros. La constancia de la transferencia deberá ser acompañada a las actuaciones correspondientes. El Municipio será solidariamente responsable del cumplimiento de esta obligación.---------
4.- Dar cumplimiento a la normativa del Programa PRO.DE.CO que se encuentre vigente al momento de realizar los procedimientos que se lleven a cabo en función del presente Convenio de Colaboración.------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA CUARTA: “LA NACIÓN” se compromete a:
1.- Realizar el asesoramiento y la coordinación de las acciones necesarias para llevar adelante la implementación del Programa PRO.DE.CO en los predios de “EL MUNICIPIO”.--------------------------------------------------------------------------------------
2.- Poner a disposición de “EL MUNICIPIO” la plataforma online del REGISTRO NACIONAL DE VEHÍCULOS SECUESTRADOS (RE.NA.VE.SE).-------------------------
3.- Gestionar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS las actualizaciones registrales de aquellos vehículos que sean sometidos al proceso de descontaminación y compactación.---------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA QUINTA: “EL MUNICIPIO” designará un responsable institucional a efectos de articular con “LA NACIÓN” todas las acciones necesarias tendientes a la implementación del Programa PRO.DE.CO en el territorio.----------------------------------
CLÁUSULA SEXTA: El procedimiento aplicable obra como Anexo y forma parte integrante del presente Convenio.-----------------------------------------------------------------
CLÁUSULA SÉPTIMA: El presente convenio no genera compromiso oneroso particular y/o extraordinario alguno. Entrará en vigencia a partir de la fecha de la firma por ambas partes y será válido por DOS (2) años, con renovación automática por igual período, salvo que de mutuo acuerdo, las partes decidan rescindir el mismo. En caso de rescisión unilateral, dicha decisión deberá ser notificada con NOVENTA (90) días de anticipación por cualquiera de las dos partes.-------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA OCTAVA: En caso de surgir controversias sobre la interpretación y/o aplicación del presente convenio LAS PARTES las resolverán de conformidad con los principios del mutuo entendimiento y en atención de las finalidades que les son comunes. De subsistir las diferencias, las partes acuerdan que se someterán a los Tribunales Nacionales con competencia en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.---------------------------------------------------------------
CLÁUSULA NOVENA: Las partes constituyen sus respectivos domicilios legales en las direcciones indicadas precedentemente, los que se considerarán válidos en tanto no se notifique en forma fehaciente su modificación.--------------------------------------------------
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD DEL PRESENTE, SE FIRMAN DOS (2) EJEMPLARES DE IGUAL TENOR Y A UN SOLO EFECTO, EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, A LOS …………. DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2024.-