Resoluciones
Asunto: 2024-3598
Fecha presentación: 23/02/2024
Código Res.: 2024-921
Fecha sanción: 26/02/2024
Título: INTERES LEGISLATIVO el "II Congreso de Derecho Procesal de Bell Ville"
Resumen: DECLARANDO de INTERES LEGISLATIVO el “II Congreso de Derecho Procesal de Bell Ville”, organizado entre el Instituto Panamericano de Derecho Procesal y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Bell Ville. Presentado por el Concejo en Pleno, el día 23/02/2024, bajo el N° 3598/2024.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
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Casas, Sonia Beatriz | Unión Cívica Radical |
Montuori, Jorge Nicolás | Unión Cívica Radical |
Ferrari, Noelia | Unión Cívica Radical |
Oviedo, Juan Pablo | Unión Cívica Radical |
Celiz, Herminia Andrea | Unión Cívica Radical |
Salvucci, Flavia Soledad | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Villarroel, Jorge German | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Sontag, Valentina | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Iman, Fermín Ezequiel | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
La información remitida por el Colegio de Abogados de Bell Ville, a este Cuerpo en la cual indica que se realizará nuevamente en nuestra ciudad, los días 7 y 8 de marzo próximos en sede del Tau Cervantes, el “SEGUNDO CONGRESO DE DERECHO PROCESAL”, el cual será preparatorio del “XXXIII ENCUENTRO PANAMERICANO DE DERECHO PROCESAL” a realizarse en la ciudad de Carlos Paz.
Se destaca, tal cual su nombre lo indica, que será la Segunda Edición de dicho Congreso de Derecho Procesal a realizarse en nuestra ciudad y al igual que en la Edición anterior el mismo contará con la presencia de distinguidos juristas de relevancia nacional e internacional.
Dentro de la programación, además de la disertación de los distintos expositores, se destaca que se expondrán ponencias jóvenes abogados para ser debatidas en dicho ámbito académico.
Así también y conforme información brindada por la entidad organizadora se agrega que en la Primera Edición ocurrida en el año 2023 participaron de dicho Congreso más de 350 abogadas y abogados, estudiantes y funcionarios del Poder Judicial, no solo de nuestra localidad sino provenientes de diversas localidades de nuestra provincia.
A lo indicado hasta aquí corresponde agregar como nota distintiva que el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba dispuso mediante Acuerdo Nº 80 – Serie “A” “1.- DECLARAR de Interés Institucional el “SEGUNDO CONGRESO PANAMERICANO DE DERECHO PROCESAL DE BELL VILLE” organizado por el Colegio de Abogados de Bell Ville y por el Instituto Panamericano de Derecho Procesal – Capítulo Argentina, a realizarse los días 7 y 8 de marzo del corriente año en la ciudad de Bell Ville de esta Provincia de Córdoba.”, en tanto que la Legislatura de la Provincia de Córdoba dicto la Declaración D-27822/24, en la cual expresa: “Su adhesión y beneplácito por la realización del II Congreso de Derecho Procesal de Bell Ville que, organizado conjuntamente por el Colegio de Abogados de la homónima ciudad y el Instituto Panamericano de Derecho Procesal - Capítulo Argentina, se desarrollará los días 7 y 8 de marzo”
La realización de tan importante evento, tanto en su faz académica como formativa, constituye un evento digno de ser destacado por parte de nuestra ciudad, la cual generosamente recibirá a las autoridades, disertantes, expositores y abogadas y abogados que acudan a dicho evento, razón por la cual, al igual que en el año 2023 amerita que este Concejo lo Declare de Interés Legislativo.
Proyecto presentado por el Concejo en Pleno.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN N° 921/2024
Artículo 1°: DECLÁRASE DE INTERÉS LEGISLATIVO el “SEGUNDO CONGRESO DE DERECHO PROCESAL”, promovido por el “Instituto Panamericano de Derecho Procesal Capitulo Argentina” y el “Colegio de Abogados de Bell Ville”, a realizarse en nuestra ciudad los días 7 y 8 de marzo próximos.
Artículo 2°: HÁGASE entrega de la presente Resolución a las Autoridades del Instituto Panamericano de Derecho Procesal Capítulo Argentina” y al Colegio de Abogados de Bell Ville y dése difusión por los medios informáticos del Concejo y medios de prensa de la ciudad.
Artículo 3°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.