Digesto Concejo Deliberante de la Ciudad de Bell Ville.

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ORDENANZAS


Asunto: 2025-3764

Fecha presentación: 20/05/2025

Código Ord.: 2025-2737

Fecha sanción: 22/05/2025

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 22/05/2025

Título: Expropiación la traza afectada a la construcción del “Puente del Este” en calle Perito Moreno

Resumen: DECLÁRESE de utilidad pública y sujeto a expropiación la traza afectada a la construcción del “Puente del Este” en calle Perito Moreno de esta ciudad, en ambos márgenes –sur y norte- del río Ctalamochita. Presentado por el D.E.M. el día 20/05/2025 bajo el N° 3764/2025.-

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Ref. Expte n° 712/2024
Iniciado: Asesoría Letrada
Asunto: Expropiación Traza Puente del Este

El D.E.M. eleva el presente proyecto de Ordenanza al Concejo Deliberante, con el objetivo declarar de utilidad pública y sujeta al proceso de adquisición al domino público la traza afectada a la construcción del “Puente del Este”, en ambos márgenes- sur y norte- del río ctalamochita.
Que mediante convenio celebrado por la Municipalidad de Bell Ville con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Córdoba, de fecha 27 de marzo del año 2023, las partes acordaron aunar esfuerzos para la concreción de la obra del puente en calle Perito Moreno en esta ciudad de Bell Ville.
Que conforme lo prescribe el Art. 66 inciso 28 y Art. 74 inciso 7 de la Carta Orgánica Municipal, es de competencia del Concejo Deliberante Municipal la declaración de utilidad pública y la expropiación correspondiente la que debe ser aprobada por mayoría calificada.

Por todo ello.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2737/2025

Artículo 1º: DECLÁRESE de utilidad pública y sujeto a expropiación, la traza afectada a la construcción del “Puente del Este”, en calle Perito Moreno de esta ciudad, en ambos márgenes- sur y norte- del río Ctalamochita, cuya superficie total es 5,35941 Ha, conforme el siguiente detalle: A) Lote afectado 31464-3921, NC 36-03-04-01-02-002-008, N° de cuenta: 360325725172, dominio 36-1306771-0, superficie afectada: 4,49791 Ha, titular registral: Agropecuaria La Olguita S.A, CUIT N° 30-66830575-6. B) Lote afectado 314-3162, NC 3603003140316200, N° de cuenta: 360325728414, dominio 36-1840822-0, superficie afectada: 0,86150 Ha, titulares registrales: Bonansea Carlos, DNI N° 10.053.132, Ortolani, Miguel Ángel, DNI N° 6.551.393, Hernández Dante Olindo, DNI N° 6.528.396, Prevero José Audino, DNI N°6.561.021 y Airasca José Luis, DNI N° 12.362.424.
Artículo 2º: DESTÍNESE, la adquisición al dominio público para la traza afectada a la construcción del “Puente del Este” en calle Perito Moreno de esta ciudad.
Artículo 3º:FACÙLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, una vez obtenida la tasación del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba y/o previo convenio de avenimiento con cada propietario proceda al pago de las indemnizaciones derivadas del proceso de expropiación, las cuales puedan consistir en dinero en efectivo o en otra especie de valor con la conformidad del expropiado y/o sucesores legítimos, en caso de no obtenerse conformidad del propietario disponga la iniciación del correspondiente juicio de expropiación.
Artículo 4º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputarán a la partida “TIERRAS Y TERRENOS -Código 02.02.01.01”, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-